El silencio administrativo es un concepto fundamental en el derecho administrativo español, que regula la inactividad de la Administración Pública ante una solicitud o recurso presentado por un ciudadano. Esta inactividad, bajo ciertas condiciones, tiene efectos jurídicos equivalentes a una resolución expresa, ya sea positiva o negativa.
Definición de silencio administrativo
El silencio administrativo se define como la ausencia de resolución expresa por parte de la Administración Pública dentro del plazo legalmente establecido para resolver una solicitud o recurso presentado por un ciudadano. Esta inactividad no es irrelevante, sino que tiene efectos jurídicos que la ley le atribuye, equiparándola a una resolución expresa.
Las características esenciales del silencio administrativo son las siguientes:
- Legalidad: El silencio administrativo está regulado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en sus artículos 24 y 25.
- Tácito: Se produce por la mera inactividad de la Administración Pública, sin necesidad de ninguna otra actuación por parte del interesado.
- Presunto: Los efectos jurídicos del silencio administrativo se derivan de una presunción legal, establecida por la ley.
- Impugnable: La resolución presunta derivada del silencio administrativo puede ser impugnada por el interesado mediante los recursos administrativos correspondientes.
Tipos de silencio administrativo
El silencio administrativo se manifiesta en dos modalidades: el silencio administrativo positivo y el silencio administrativo negativo. Cada uno de ellos, con sus propias características y efectos, ofrece al ciudadano una vía para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.
Silencio administrativo positivo
Se produce cuando la ley establece que la inactividad de la Administración Pública tiene como efecto el estimar la solicitud o recurso del interesado. En este caso, se considera que la Administración ha concedido lo solicitado.
Silencio administrativo negativo
Se produce cuando la ley establece que la inactividad de la Administración Pública tiene como efecto la desestimación de la solicitud o recurso del interesado. En este caso, se considera que la Administración ha denegado lo solicitado.
Requisitos del silencio administrativo
Para que se produzca el silencio administrativo, deben concurrir los siguientes requisitos:
- Presentación de una solicitud o recurso: El interesado debe haber presentado una solicitud o recurso ante la Administración Pública competente, cumpliendo los requisitos formales y de fondo exigidos por la normativa aplicable.
- Inactividad de la Administración Pública: La Administración Pública debe haber transcurrido el plazo legalmente establecido para resolver la solicitud o recurso sin haber dictado resolución expresa.
- Expreso pronunciamiento legal: Debe existir un expreso pronunciamiento legal que establezca que la inactividad de la Administración Pública tiene como efecto el silencio administrativo positivo o negativo.
Efectos jurídicos del silencio administrativo
Los efectos jurídicos del silencio administrativo dependen de su tipología:
- Silencio administrativo positivo: El silencio administrativo positivo produce los mismos efectos jurídicos que una resolución expresa de estimación de la solicitud o recurso. Esto significa que el interesado adquiere el derecho a lo solicitado.
- Silencio administrativo negativo: El silencio administrativo negativo produce los mismos efectos jurídicos que una resolución expresa de desestimación de la solicitud o recurso. Esto significa que el interesado no adquiere el derecho a lo solicitado y puede interponer los recursos administrativos correspondientes.
Plazos del Silencio Administrativo
Los plazos del silencio administrativo están establecidos en la normativa específica que regula cada procedimiento administrativo.
De acuerdo con el artículo 21 de la Ley 39/2025, cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo para resolver, éste será de tres meses.
Cómputo del plazo del silencio administrativo
El plazo del silencio administrativo se computa de forma natural, desde el día siguiente a la presentación de la solicitud o recurso hasta el último día del plazo legalmente establecido. El día en que se produzca el silencio administrativo será el día en que la resolución presunta adquiera sus efectos jurídicos.
Interrupción del plazo del silencio administrativo
El plazo del silencio administrativo puede interrumpirse por las siguientes causas:
- Presencia de causa mayor: Se considera causa mayor cualquier acontecimiento de carácter imprevisible o irresistible que impida a la Administración Pública resolver el procedimiento dentro del plazo establecido.
- Realización de actos por el interesado: La presentación de escritos, alegaciones o recursos por parte del interesado durante la tramitación del procedimiento interrumpirá el plazo del silencio administrativo.
- Acumulación de procedimientos: Si se acumulan dos o más procedimientos que tengan el mismo objeto o estén íntimamente ligados entre sí, el plazo del silencio administrativo se interrumpirá hasta que se dicte resolución en cualquiera de ellos.
La notificación del silencio administrativo
La Administración Pública no está obligada a notificar al interesado la producción del silencio administrativo. Sin embargo, el interesado puede solicitar un certificado acreditativo del sentido del silencio que se haya producido.
Este certificado deberá ser expedido por el órgano competente en el plazo de 15 días a partir de la solicitud del interesado.
Recursos contra el silencio administrativo
El interesado que no esté conforme con la resolución presunta derivada del silencio administrativo puede interponer los siguientes recursos:
- Recurso administrativo: El recurso administrativo debe interponerse ante el órgano responsable de la resolución presunta (recurso de reposición) o ante el órgano superior jerárquico (recurso de alzada).
El plazo para interponer el recurso es de un mes a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo, del día siguiente a la notificación del certificado acreditativo del sentido del silencio o desde la fecha en que el interesado hubiera tenido conocimiento del mismo.
- Recurso contencioso administrativo: El recurso contencioso administrativo debe interponerse ante el Juzgado contencioso administrativo competente.
El plazo para interponer el recurso es de dos meses a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo, del día siguiente a la notificación del certificado acreditativo del sentido del silencio o desde la fecha en que el interesado hubiera tenido conocimiento del mismo.
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