¿Qué tengo que hacer para divorciarme? ¿Qué pasos tengo que seguir para separarme de mi pareja? ¿Qué papeles necesito para el divorcio?
Si tuviera que responder en una sola línea a todas estas preguntas diría: Tomar una decisión, pedir consejo legal sobre sus opciones y aportar la documentación que su abogado le solicite.
La decisión, lo más difícil de la ruptura de pareja
Lo más difícil, la decisión, se toma frecuentemente después de varios tanteos, idas y vueltas, muchas dudas y mucha incertidumbre. Y se toma (sí es cierto), por un alto porcentaje de las personas, en septiembre, con el principio del curso, o en enero, con el principio del año. Son momentos que siguen a una intensa convivencia familiar y momentos en que tradicionalmente iniciamos caminos nuevos y nos planteamos cambios de vida.
Evidentemente, no sólo la situación personal o emocional, sino también la económica tienen una gran influencia en esta decisión.
Las perspectivas económicas generales y las particulares de cada pareja y de cada persona se tienen en cuenta a la hora de determinar si seguirán (si seguiremos) viviendo en pareja, aunque- a menudo- una situación difícil únicamente logra aplazar el efecto de una decisión ya tomada.
Es imposible seguir viviendo indefinidamente con una pareja de la que ya hemos decidido separarnos o divorciarnos y muchas veces esa convivencia “forzada” produce el efecto de agravar una situación ya previamente tensa y difícil, haciéndola estallar incluso de forma incontrolada en ocasiones.
Consultar a un abogado no significa descartar un acuerdo, sino facilitar que se alcance
Contando con profesionales para la ruptura matrimonial
Sea como fuere la adopción de esta decisión, en el momento en que concluyamos que queremos romper nuestra pareja, debemos buscar el asesoramiento de un buen abogado de familia.
Es importante conocer las opciones que tenemos y las expectativas que son razonables .Y hay que tener en cuenta que lo actos que realicemos antes de pedir asesoramiento pueden tener consecuencias que no hemos previsto en un proceso posterior de divorcio o medidas paterno filiales, puesto que los llamados “actos propios” son jurídicamente relevantes.
Consultar a un abogado no significa descartar un acuerdo, sino facilitar que se alcance, siempre que el consultado sea un buen profesional. El abogado intentará, siempre que la situación lo permita, que los miembros de la pareja que se rompe lleguen a un acuerdo, antes de iniciar el procedimiento contencioso.
Adoptada una decisión y consultado un abogado, será éste el que nos diga qué documentación debemos aportar para iniciar el procedimiento judicial, en función de cuál sea nuestra situación y el tipo de procedimiento que vayamos a emprender: En todo caso, aun en el supuesto de que alcancemos un acuerdo con nuestra pareja o cónyuge, siempre será necesario aportar al juzgado certificación literal de la inscripción de matrimonio, en caso de que estemos casados, y certificación literal de la inscripción de nacimiento de los hijos, en caso de existir hijos comunes con la pareja con la que queremos romper nuestro matrimonio o unión de hecho.
No hay ningún otro documento de obligatoria aportación al proceso, aunque puede ser necesario o conveniente aportar otros que acrediten nuestras circunstancias personales, económicas o incluso de salud (Certificados de empadronamiento, declaraciones de IRPF, nóminas, certificados médicos…)sobre los que es imposible generalizar, porque –lógicamente- dependen de cada caso concreto.